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Hacen de Villa un precedente

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Hacen de Villa un precedente NOTICIA

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betillo07 Por betillo07

el 31-01-2012 a las 07:03

Fuente: La Aficin.com

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El gol con la mano que Emanuel Villa le marcó al Atlante y que sirvió para que La Máquina empatara a dos goles con los Potros, le dejó una sanción a Villa que difícilmente olvidará, la picardía o el recurso del argentino fue perseguido de oficio por la Comisión Disciplinaria que determinó aplicar una doble sanción al atacante celeste. Villa se hizo acreedor a un juego de suspensión y también deberá pagar una multa económica.

La sesión de la Comisión Disciplinaria tardó más de cinco horas, al final de la misma, Alfonso Sabater, titular de la Comisión Disciplinaria, anunció la determinación y entre los argumentos que ofreció para que se tomara dicha medida destacó que se atenta contra el espíritu del Fair Play, pues lo que debe prevalecer es el juego limpio y buscar la victoria por los causes correctos.

“La Comisión Disciplinaria tomó en consideración lo que vimos en el video, lo vimos en equipo y se le sancionó con un partido, también hay una sanción económica corta, pero sí hay sanción”, señaló Sabater.

El directivo subrayó que la decisión se fundamentó en “lo que establece el reglamento, los Artículos 66 y 68, ahí viene referido a la sanción que debe ponerse”. Agregó que con esta sanción lo que se crea es un precedente, pues se busca fomentar conciencia en los jugadores, los cuales deben de hacer todo lo posible por respetar el juego limpio.

“Por supuesto, eso es lo que estamos buscando, que no se engañe”, pero antes de crear más especulaciones el mismo Sabater aclaró por qué esta acción fue objeto de una sanción y otras más que ocurren en los partidos no se miden con la misma vara “los engaños que se hagan tienen que ser acciones que van directamente al marcador, es muy importante porque se va a empezar a comparar con otras jugadas, pero realmente está tipificado esta situación y así fue como se aplica”.

Por la mañana, Sabater señaló, en las oficinas de la FMF, que la sanción se determinaría en función del contenido de la cédula que redactó el árbitro del encuentro, Fernando Guerrero, y del análisis del video de la jugada en que Villa marca el gol, pero en la cédula el silbante no hace mención a dicha jugada y tampoco al diálogo que tuvo con Villa al final del encuentro.

“No lo menciona, él (árbitro) marca el gol y lo marca normal no lo menciona porque no vio la jugada o no la pudo ver, pero eso ya será decisión de la Comisión de Arbitraje y lo que pasa es que con este gol, que es con la mano, se saca una ventaja y eso es lo que el Fair Play nos pide cuidar”.

Asimismo, subrayó que pese a que la directiva de los Potros mostró su molestia por esta situación, la directiva de Atlante no solicitó alguna sanción. Del mismo modo, Sabater aclaró que las declaraciones de Villa, en las que admite que empujó el balón con la mano, no pesaron para la decisión que tomó la Disciplinaria.

“Esta sanción está tipificada, el daño se hace en que el otro equipo (Atlante) pierde dos puntos, ese daño está hecho y no hay forma de remediarlo, porque la FIFA no nos autoriza a tener ningún cambio más en ese sentido”.

Por último, dijo que Cruz Azul está en su derecho de protestar esta sanción y cuenta con 48 horas para ingresar la misma, pero “tendremos que ver en qué consiste la protesta”, además dejó abierta la puerta por si Emanuel gusta hablar o aclarar algo con la Comisión Disciplinaria.

La multa: 90 días de salario mínimo

La Comisión Disciplinaria de la FMF se basó en los Artículos 66, 68 y 18 inciso m) del Reglamento de Sanciones para castigar a Emanuel Villa por la mano que cometió en el partido del sábado pasado ante Atlante, quien está suspendido un juego y pagará 90 días de salario mínimo, es decir, 5 mil 600 pesos.

El Artículo 66 le da el poder al organismo para seguir de oficio las infracciones al “fair play”: “La Comisión Disciplinaria sancionará a los responsables por aquellos hechos que constituyan una infracción y que atenten contra las normas que rigen el futbol federado, así como el principio de deportividad y el “fair play”. Las infracciones disciplinarias son perseguibles de oficio o a petición de parte. En los casos en que la Comisión Disciplinaria actúe de oficio, tendrá un término de 48 horas a partir de que tuvo conocimiento de los hechos para determinar la sanción correspondiente”.

El Artículo 68, en su inciso b) establece que se sancionará por “engañar al Cuerpo Arbitral conforme al artículo 18 inciso M) del presente Reglamento”

Por último, el Artículo 18 señala que la sanción cuando se trate de “engañar al Cuerpo Arbitral y como consecuencia otorgar el beneficio directo a su Club en el resultado del partido” será de “1 partido de suspensión y 90 días de salario mínimo”.

Emanuel "Tito" Villa

Emanuel "Tito" Villa

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