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Extensa carta cementera
Publicar NoticiaExtensa carta cementera NOTICIA
VolverESTA es la carta que el Cruz Azul envió a la FMF para tratar el asunto del delantero argentino Emanuel Villa:
México, D. F., 1 de febrero de 2012
SR: ALFONSO SABATER
PRESIDENTE DE LA H. COMISIÓN DISCIPLINARIA DE LA FMF
PRESENTE
Por medio de la misma le enviamos un cordial saludo, a la vez aprovechamos la ocasión para comentarle las siguientes inquietudes y conclusiones que encontramos, después de analizar el video del juego Atlante vs Cruz Azul celebrado el día 28 de enero de 2012, en el Estadio Andrés Quintana Roo.
Ya que de acuerdo con las reglas de juego lo que establece la regla 5, en la página 24, en el párrafo segundo en las decisiones del árbitro que a la letra dice: "Las decisiones del árbitro sobre hechos relacionados con el juego, incluidos el hecho de si un gol fue marcado o no y el resultado del partido, son definitivas".
Por lo que consideramos parte del juego esta acción que fue juzgada por el señor árbitro apegado a las reglas del juego.
El Club Cruz Azul siempre ha sido muy respetuoso y ha acatado todo lo que dicte la FMF así como sus comisiones, pero aquí consideramos injusta la sanción para nuestro jugador, ya que si se sanciona de oficio o por una inconformidad de algún club, todas situaciones que afectan contra el principio de deportividad y el Fair Play, como lo establecen los artículos del reglamento de sanciones 18m, 66 y 68, consideramos también que debe juzgarse las acciones que sucedieron en jornadas anteriores.
Nosotros nos preguntamos ¿Por qué estas decisiones no se persiguieron de oficio? Haciéndose respetar el principio de deportividad y Fair Play como lo establece el reglamento de sanciones artículo 18m, 66 y 68.
¿Dónde existe la diferencia para juzgar acciones que atentan contra el principio de deportividad o Fair Play?
Consideramos que todas las acciones que atenten contar el espíritu del Fair Play, independientemente de si afecta el resultado del juego, se debería actuar contra todo jugador que use el engaño para conseguir un beneficio, en virtud de que entonces no existiría congruencia para sancionar la trampa, así como lo establece el artículo 66 en su párrafo 2 que a la letra dice:
"La Comisión Disciplinaria sancionará a los responsables por aquellos hechos que constituyan una infracción y que atenten contra las normas que rigen el futbol federado, así como el principio de deportividad y Fair Play".
Nosotros acataremos la sanción impuesta por la H. Comisión Disciplinaria y no apelaremos el castigo a nuestro jugador aunque no estemos de acuerdo.
El Club Cruz Azul siempre ha sido y seguirá siendo muy respetuoso con el principio de deportividad, con la FMF y las comisiones acatando sus disposiciones y lo que de ellas emanen, además de fomentar el respeto por el juego limpio y los valores humanos, sociales, culturales y deportivos.
Pero queremos dejar en claro que esto dicta un precedente histórico en el futbol mexicano, para juzgar acciones que atenten contra el principio de deportividad y Fair Play, por parte de jugadores y de clubes que pudieran involucrarse, por lo que nuestro club estará muy atento a cualquier situación que contravenga los principios de Fair Play.
Sin más por el momento y agradeciendo la atención que se sirva prestar a la misma quedamos a sus apreciables órdenes:
Club Deportivo Cruz Azul
villa
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